El capitán de Barcelona, Lionel Messi, recibió una multa de 600 euros por haber exhibido la camiseta de Newell's Old Boys en su festejo de gol en homenaje a Diego Armando Maradona. El Comité de Competición de la Real Federación Española de Fútbol resolvió que Messi tenga que pagar una multa de 600 euros por violar el artículo 91 del Código Disciplinario y que el club Barcelona una de 180 de la misma moneda.
Por: Mónica Delgado.
Por: Mónica Delgado.
Se espera que el Barcelona recurra ahora la sanción del Comité de Competición ante Apelación, después del precedente que ha habido en casos similares en los que Competición sancionó a los jugadores, pero luego Apelación les perdonó. Serían los casos de Callejón o Cristiano Ronaldo, entre otros.
El propio árbitro del encuentro, que no tuvo más remedio que mostrarle la tarjeta al argentino, también tuvo un detalle hacia Messi a la hora de redactar el acta del encuentro. "En el minuto 73 el jugador (10) Messi, Lionel Andrés fue amonestado por el siguiente motivo: Por quitarse la camiseta, tras la consecución de un gol, mostrando una nueva camiseta del equipo Newell's Old Boys, de la temporada 93/94, con el dorsal número 10 en la espalda", escribió Mateu Lahoz sobre esa acción.
Esta es la respuesta del Comité de Competición al recurso presentado por el FC Barcelona:
Primero: El Club señala en su escrito que debe levantarse la amonestación impuesta al jugador Lionel Andrés Messi, por las circunstancias reflejadas en el acta arbitral que señala: “quitarse la camiseta, tras la consecución de un gol, mostrando una nueva camiseta del equipo Newell ́s Old Boys, de la temporada 93/94, con el dorsal número 10 en la espalda”. Señala que está fuera de toda duda que dicho gesto obedece a la voluntad del jugador de rendir un sentido y sincero homenaje a una de las leyendas más importantes de la historia del fútbol, Diego Armando Maradona, que había fallecido días antes de la celebración del partido. En su opinión son circunstancias excepcionales que justificarían dejar sin efecto la amonestación.
Segundo: Tras el examen y consideración conjunta de las alegaciones formuladas y de la prueba aportada, este Comité entiende que no se deduce con evidencia la existencia de un error material manifiesto, único supuesto en el que procedería dejar sin efecto las consecuencias disciplinarias de la amonestación impuesta, en aplicación de los artículos 27 y 130 del Código Disciplinario vigente. En efecto, en este caso no existe error material manifiesto alguno por cuanto se trata de un dato incontrovertido que se quitó la camiseta al celebrar un gol. Por otro lado, y aun siendo evidente el motivo loable de quitarse la camiseta, en homenaje al fallecimiento de Diego Armando Maradona, lo cierto es que el artículo 91 del vigente Código Disciplinario no establece ningún motivo de exención de responsabilidad derivado de quitarse la camiseta. Más bien al contrario, señala que será sancionable el alzarse la camiseta con motivo de la celebración de un gol, sea cual sea el contenido de la leyenda o el motivo de la acción.
Por ello, la acción debe ser objeto de sanción.
El propio árbitro del encuentro, que no tuvo más remedio que mostrarle la tarjeta al argentino, también tuvo un detalle hacia Messi a la hora de redactar el acta del encuentro. "En el minuto 73 el jugador (10) Messi, Lionel Andrés fue amonestado por el siguiente motivo: Por quitarse la camiseta, tras la consecución de un gol, mostrando una nueva camiseta del equipo Newell's Old Boys, de la temporada 93/94, con el dorsal número 10 en la espalda", escribió Mateu Lahoz sobre esa acción.
Esta es la respuesta del Comité de Competición al recurso presentado por el FC Barcelona:
Primero: El Club señala en su escrito que debe levantarse la amonestación impuesta al jugador Lionel Andrés Messi, por las circunstancias reflejadas en el acta arbitral que señala: “quitarse la camiseta, tras la consecución de un gol, mostrando una nueva camiseta del equipo Newell ́s Old Boys, de la temporada 93/94, con el dorsal número 10 en la espalda”. Señala que está fuera de toda duda que dicho gesto obedece a la voluntad del jugador de rendir un sentido y sincero homenaje a una de las leyendas más importantes de la historia del fútbol, Diego Armando Maradona, que había fallecido días antes de la celebración del partido. En su opinión son circunstancias excepcionales que justificarían dejar sin efecto la amonestación.
Segundo: Tras el examen y consideración conjunta de las alegaciones formuladas y de la prueba aportada, este Comité entiende que no se deduce con evidencia la existencia de un error material manifiesto, único supuesto en el que procedería dejar sin efecto las consecuencias disciplinarias de la amonestación impuesta, en aplicación de los artículos 27 y 130 del Código Disciplinario vigente. En efecto, en este caso no existe error material manifiesto alguno por cuanto se trata de un dato incontrovertido que se quitó la camiseta al celebrar un gol. Por otro lado, y aun siendo evidente el motivo loable de quitarse la camiseta, en homenaje al fallecimiento de Diego Armando Maradona, lo cierto es que el artículo 91 del vigente Código Disciplinario no establece ningún motivo de exención de responsabilidad derivado de quitarse la camiseta. Más bien al contrario, señala que será sancionable el alzarse la camiseta con motivo de la celebración de un gol, sea cual sea el contenido de la leyenda o el motivo de la acción.
Por ello, la acción debe ser objeto de sanción.